Preguntas frecuentes del Centro de


Conciliación Laboral del Estado de Guanajuato

¿Quiénes pueden solicitar el inicio de un procedimiento de conciliación ante el Centro de Conciliación Laboral?

Trabajadores, patrones, representantes legales (en caso de ser persona moral) de manera directa ante el Centro de Conciliación Laboral, pudiendo ser previa cita o acudiendo de manera personal ante la Delegación que corresponda y presentando toda la documentación necesaria al momento de realizar su solicitud. En caso de que la persona solicitante no sepa leer o escribir, podrá comparecer con persona de su confianza.

¿Qué es una solicitud de audiencia de conciliación?

Es cuando la persona trabajadora, un sindicato o la patronal ante un conflicto de trabajo que no han logrado solucionar por sí mismos, acuden a pedir al Centro de Conciliación Laboral que se cite a la otra parte involucrada para que, mediante un conciliador experto en gestión y manejo de conflictos y una comunicación efectiva, se procuren soluciones que prevengan la necesidad de un juicio incierto en tiempo y resultado, a fin de que sean ellas las protagonistas de su acuerdo mutuamente satisfactorio y conveniente.

¿Frente a un problema laboral puedo presentar una demanda en el Juzgado Laboral, sin necesidad de pasar por la conciliación ante el Centro de Conciliación Laboral?

La Ley Federal del Trabajo determina que las personas trabajadoras que desean presentar una demanda, forzosamente deben primero acudir a someter sus diferencias ante el Centro de Conciliación Laboral.

¿Cómo es el escrito por el que puedo presentar una solicitud de audiencia
de conciliación al Centro de Conciliación Laboral?

Es un escrito de formato libre firmado por la/ él solicitante, si la presentas por medio de una persona de tu confianza, el escrito debe estar acompañado de tu identificación oficial.

Es necesario que contenga:

Nombre completo, como en la identificación oficial y firma,

Domicilio (calle, número, colonia, localidad o municipio, entidad).

Correo electrónico, indispensable porque por ley se te debe asignará un buzón electrónico.

Si eres patrón también tu RFC, indispensable, al menos sin homoclave.

Las condiciones de trabajo de fecha de ingreso, puesto, salario y, de ser el caso, fecha de término de la relación laboral.

Nombre o razón social de la persona o empresa a quien se pide citar.

Actividad o giro de la parte patronal.

indispensable, el domicilio de la empresa o persona citada (calle, número, colonia, entidad o municipio) con datos de localización (entre qué calles se ubica y datos para su
geolocalización o puedes acompañar un croquis), y

Breve narración de tu problema.

¡EL PERSONAL DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN CON GUSTO TE AYUDARÁ DE FORMA TOTALMENTE GRATUITA PARA ESTE TRÁMITE!

¿Si soy trabajador y tengo un problema en el trabajo, puedo acudir al Centro de Conciliación Laboral? // Soy trabajador, no tengo abogado, quiero asistirme de los servicios gratuitos de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, ¿cómo puedo hacerlo?

Si tienes dudas sobre tus derechos laborales y necesitas de un abogado o licenciado en derecho, puedes acceder a los servicios totalmente gratuitos de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo:

Acudiendo personalmente a la Delegación del Centro de Conciliación Laboral que corresponda, donde la Procuraduría de la Defensa del Trabajo cuenta con personal capacitado y con amplia experiencia para tu atención personalizada y debida representación.

Acceder a su servicio PROCURADURÍA EN LÍNEA http://sg.Guanajuato.Gob.mx/sstps/ en el horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 hrs.

¡LOS SERVICIOS SON TOTALMENTE GRATUITOS!

¿Es necesario contar con un abogado/a para solicitar y llevar a cabo un procedimiento de conciliación ante el Centro de Conciliación Laboral?

No es necesario contar con abogado/a para acceder a los servicios del Centro de Conciliación Laboral, ya que es un procedimiento administrativo de Conciliación Prejudicial y NO un Juicio Laboral, en el cual las partes a través del diálogo pacífico buscaran llegar a la solución de su conflicto dentro de un espacio seguro y cómodo para las partes.

¿Cuánto dura el proceso de la conciliación prejudicial ante el Centro de Conciliación Laboral?

La Ley Federal del Trabajo indica que solo hay una única audiencia conciliatoria prejudicial obligatoria por lo que el proceso es muy breve, y si las partes piden más de una audiencia para la solución de su conflicto, lo máximo que puede durar es un periodo de 45 días naturales.

¿Necesito de un abogado o licenciado en derecho para hacer una solicitud de audiencia de conciliación?

No, si bien es recomendable que conozcas de tus derechos y obligaciones previo a la solicitud, tu solicitud puede ser presentada directa y personalmente por ti, sin intermediarios.

¿Qué pasa si yo (solicitante trabajador/trabajadora) pedí la invitación y no acudo a la audiencia de conciliación?

Se dejan a salvo tus derechos de volver a solicitar la conciliación. Si no justificas tu incomparecencia se archivará por falta de interés.

¿Cuándo se interrumpe la prescripción?

A partir de que ha quedado recibida la solicitud de audiencia conciliatoria por el Centro de Conciliación Laboral.

¿Qué hago si me incumplen con lo acordado en un convenio que he ratificado ante el Centro de Conciliación Laboral ?

Se pide su ejecución, es decir, se reclama su cumplimiento ante el Juzgado Laboral.

Si eres persona trabajadora y no tienes abogado, puedes asistirte de los servicios gratuitos y profesionales de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo

¿Qué hago si el trabajador no me quiere recibir el pago o no se presenta a recibirlo, según lo que acordamos?

Se consigna ante el Juzgado Laboral, para que se tenga por cumplido.

¿Pero, siempre y sin excepciones, debo acudir al Centro de Conciliación Laboral antes de presentar una demanda ante el Juzgado Laboral?

Sin agotar la conciliación prejudicial, puedes presentar demanda laboral ante el juzgado, únicamente cuanto te encuentres en los siguientes casos de excepción:

Discriminación en el empleo por razones de sexo, orientación sexual, raza, religión, origen étnico, o condición social.

Discriminación por embarazo.

Acoso laboral u hostigamiento sexual.

Designación de beneficiarios.

Prestaciones de seguridad social por riesgos de trabajo, maternidad, enfermedades, invalidez, vida, guarderías y prestaciones en especie y accidentes de trabajo.

Tutela de derechos relacionados con la libertad de asociación, libertad sindical o el reconocimiento efectivo de la negociación colectiva.

Trata laboral, incluido el trabajo forzoso y obligatorio.

Trabajo infantil.

La disputa de la titularidad de contratos colectivos o contratos ley, y

La impugnación de los estatutos de los sindicatos o su modificación.

¿Cuáles son los servicios que presta el Centro de Conciliación Laboral?

Ratificación de Convenios.

Conciliación en matería laboral.

Asesoría en materia laboral.

¿Dónde están ubicadas las Oficinas Regionales del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Guanajuato?

Delegación Región León: Boulevard Adolfo López Mateos #223-A poniente, Zona
Centro, León, Gto.

Delegación Región Guanajuato: Boulevard Euquerio Guerrero esq. Calle Tres Marias #1, col. Burócrata, Guanajuato, Gto.

Delegación Región Irapuato: Calle Génova #121, Residencial Campestre, Irapuato, Gto.

Delegación Región Celaya: Av. Henry Dunant #131, col. Rosalinda, Celaya, Gto.

¿Qué es una ratificación de convenio?

Es cuando los interesados someten el convenio en el cual plasmaron su voluntad, para que éste sea validado bajo la fe pública del Conciliador y se eleve a categoría de cosa juzgada o sentencia ejecutoriada, brindándoles una mayor seguridad jurídica, y para que en caso de incumplimiento, la parte que obtiene a su favor, pueda acudir al juzgado laboral a reclamar lo que en derecho corresponda.

Este convenio es resultado la negociación previa y directa de las partes, sin intervención del Centro de Conciliación Laboral, por el que presentan por escrito constancia de los hechos que lo motiven y derechos que comprende, conforme los cuales han logrado un arreglo voluntario y satisfactorio para el cumplimiento de sus obligaciones o la terminación de su relación.

¿Qué debo hacer para que me ratifiquen un convenio?

Solicitar tu cita al correo electrónico de la Delegación Regional del Centro de Conciliación Laboral que corresponda, acompañando la documentación que se equiere para la ratificación de un convenio, previa validación del mismo o bien, acudir de manera presencial las partes que desean ratificar el convenio junto con la documentación que se requiere:

Delegación Región Celaya al correo ccl.celaya@guanajuato.gob.mx

Delegación Región Irapuato al correo ccl.irapuato@guanajuato.gob.mx

Delegación Región León al correo ccl.leon@guanajuato.gob.mx

Delegación Región Guanajuato al correo ccl.gto@guanajuato.gob.mx

¿Qué documentación se requiere para la ratificación de un convenio?

Debe presentarse el convenio por escrito en tres tantos, acompañado de:

Identificación oficial de las partes (INE/IFE, pasaporte, cartilla de servicio militar, cédula profesional.

Para el caso de menores: Acta de nacimiento acompañada de alguno de los siguientes documentos con fotografía:

Comprobante o credencial de estudios vigente;

Permiso de la autoridad laboral que le haya autorizado a trabajar;

Carta de identidad expedida por Delegado del domicilio o Presidencia Municipal;
ó

Identificación oficial de dos testigos de identidad que te acompañarán a la firma de la ratificación.

RFC de la patronal en caso de tener, y

Documentos que acreditan la representación de quien comparece a obligarse
en nombre de la parte empleadora.

¿Qué requisitos debe tener un convenio para su ratificación?

En el proemio (parte inicial), el nombre y domicilio de las partes, mención del giro o actividad de la parte patronal conforme a su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o su acta constitutiva, y descripción de los documentos que se acompañan para identificación y acreditación de los solicitantes:

En antecedentes, las condiciones de trabajo imperantes durante la relación de trabajo (fecha de ingreso, puesto, salario, fecha de término) y hechos que lo motiven.

En prestaciones el desglose de los conceptos que se pagan, especificando por cada una la cantidad de dinero y el año de trabajo al que corresponden (por ejemplo: vacaciones del último año $1000.00, prima vacacional del último año $250.00 pesos, aguinaldo proporcional 2021 $1500 pesos, etc.).

En caso de que se dé por terminada la relación de trabajo, el desglose de la cantidad que se entrega al trabajador por concepto de salario devengado y participación de utilidades, o incluir dentro de la narrativa del convenio y para en caso de que aún no se haya determinado la participación individual de los trabajadores, que se dejan a salvo los derechos hasta en tanto se formule el proyecto del reparto individual con apego a lo dispuesto por la legislación aplicable.

Si se pactan pagos diferidos, es decir, el pago no es al momento de la firma del convenio, debe ponerse una pena convencional igual a un salario diario del trabajador en su favor hasta en tanto se dé cumplimiento total al convenio.

Cuando el pago sea con cheque se deberá especificar que se recibe por el trabajador “salvo buen cobro” y, establecerse la penalidad referida en el punto inmediato anterior.

Parte final, nombre y firma de las partes.

PASOS PARA SER ATENDIDO EN LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO

1.-Acudir al Centro de Conciliación Laboral del Estado de Guanajuato en cualquiera de sus cuatro Delegaciones Regiones en los municipios de León, Guanajuato, Irapuato y Celaya.

2.- Es atendido en el módulo de atención donde se asigna un Procurador Auxiliar de la Defensa del Trabajo.

3.- Se acudirá con el Procurador Auxiliar de la Defensa del Trabajo, al cual se le comentará la problemática y será quien de acuerdo al problema brinde la asesoría, mismo que hará un cálculo de las prestaciones a las que se tienen derecho y quien, si en ese momento considera necesario indicará los pasos a seguir para citar a la parte patronal a una audiencia de conciliación en el Centro de Conciliación Laboral.

4.- Una vez que se asigna la fecha de audiencia de conciliación, lo atenderá el Procurador que brindó la atención para de esta manera se pueda agendar la fecha, hora y sala de dicha audiencia.

5.- El día de la audiencia Programada se deberá llegar con 5 minutos de anticipación, para que el procurador que dio la atención inicial proceda a explicar el proceso de la mecánica de la audiencia de conciliación y las ventajas de llegar a un arreglo conciliatorio.

6.- De manera puntual a la hora de la audiencia de conciliación, el procurador y trabajador se hacen presentes en el Centro de Conciliación Laboral de la región que corresponda, en tal audiencia se puede llegar a un convenio, citar nuevamente a la parte patronal o no llegar a un arreglo.

7.- En caso de no llegar a un arreglo entre las partes, al trabajador se le hará entrega de su constancia de no conciliación, con la cual el trabajador acudirá con los procuradores de la defensa del trabajo en el área de litigio, para que se proceda a elaborar su demanda y continúe con su representación en los Tribunales laborales.